Permiso de trabajo

Permiso de trabajo

Aquí se muestran las diferentes solicitudes.

Permiso de Trabajo para Beneficiarios de Parole Humanitario

El Parole Humanitario es un programa del gobierno de los Estados Unidos que permite a personas de ciertos países (Venezuela, Cuba, Haití y Nicaragua) ingresar temporalmente al país debido a circunstancias urgentes o necesidades humanitarias. Este programa no concede estatus migratorio, pero sí proporciona la oportunidad de vivir y trabajar legalmente en los EE. UU. Por un periodo de hasta 2 años .

Es importante tener en cuenta que todos los beneficiarios del Parole Humanitario, incluidos los niños, deben solicitar su permiso de trabajo. Este permiso de trabajo es esencial para garantizar que los beneficiarios puedan mantener un identificacion valida para los menores de edad y los adultos su bienestar económico mientras se encuentran en el país.

Si tu permiso de trabajo es bajo la categoría de Parole Humanitario (Venezuela, Cuba, Haití o Nicaragua), te ofrecemos asistencia profesional para completar este trámite de manera eficiente y sin complicaciones.

Importante: El permiso de trabajo otorgado bajo la categoría de Parole Humanitario NO puede ser renovado. Si el permiso vence y no has iniciado otro proceso migratorio, quedarás en estatus ilegal y no podrás seguir trabajando en los EE. UU. En ese caso, podrías considerar someter una solicitud de asilo.

 

¿Qué incluye nuestro servicio?

  • Guía paso a paso para completar correctamente tu formulario.
  • Revisión exhaustiva de toda tu información para evitar errores.
  • Asesoría sobre cómo presentar y realizar el seguimiento de tu solicitud.

 

Nota importante: Luego de realizar el pago de nuestro servicio, recibirás un cuestionario para completar con tu información. Además, te contactaremos para verificar cómo deseas pagar la tarifa de USCIS de $470. Si optas por pagar con tarjeta de crédito, se aplicará un cargo adicional. Si eliges realizar el pago por Zelle, el monto será de $470.

 

¿Por qué elegirnos?

Entendemos la importancia de este trámite para ti y tu familia. Nuestro objetivo es asegurarnos de que todo el proceso sea lo más sencillo y eficiente posible, evitando errores y retrasos innecesarios.

¡Inicia tu proceso hoy!

Permiso de Trabajo por Primera Vez con Asilo Pendiente

Si estás solicitando tu permiso de trabajo por primera vez y tienes un asilo pendiente la tarifa de USCIS para esta primera solicitud es gratuita.

 

Requisitos según tu tipo de caso:

Solicitantes de Asilo con Solicitud Enviada en Línea a USCIS:

Si presentaste tu solicitud de asilo en línea (asilo afirmativo), podrás solicitar tu permiso de trabajo 150 días después de haber enviado tu solicitud. USCIS comienza a contar este período desde el día en que tu solicitud fue recibida oficialmente.

Solicitantes de Asilo en Procedimientos de Corte de Inmigración:

Si tu caso está siendo evaluado en la corte de inmigración (asilo defensivo), deberás esperar a que el "reloj de asilo" marque 180 días o más para poder solicitar tu permiso de trabajo por primera vez. Este conteo puede verse afectado por pausas o interrupciones relacionadas con procedimientos judiciales.

 

Nota importante: Luego de realizar el pago, recibirás un cuestionario para completar con tu información y te contactaremos por whatsapp o correo electronico, segun prefieras.

¡Estamos aquí para facilitar tu trámite y asegurarnos de que cumplas con todos los requisitos correctamente!

Importante: Puedes solicitar tu permiso de trabajo a través de TPS independientemente de si tu solicitud de TPS está aprobada o pendiente.

 

Opciones de Solicitud:

Primera Solicitud de Permiso de Trabajo con TPS Aprobado

Si ya tienes tu TPS aprobado y deseas solicitar tu primer permiso de trabajo o renovarlo, la tarifa de USCIS correspondiente es de $470.

Solicitud de Permiso de Trabajo con TPS Pendiente

Si tu solicitud de TPS está aún pendiente de aprobación, también puedes solicitar el permiso de trabajo mientras esperas la decisión de USCIS. La tarifa de USCIS correspondiente es de $470.

Renovar Permiso de Trabajo bajo la Categoría de TPS

Para renovar tu permiso de trabajo por TPS, deberás esperar que el gobierno anuncie el periodo de renovación, que generalmente es de uno o dos meses antes de que expire tu permiso de trabajo (EAD). Es importante destacar que a los permisos de trabajo bajo la categoría de TPS no les aplica la regla de renovación de 6 meses antes de la fecha de expiración, como ocurre con los permisos de trabajo por asilo por ejemplo. Ya que, el TPS, como beneficio, está sujeto a que el gobierno lo extienda o no cada 18 meses o por el período que determine.

 

¿Qué incluye nuestro servicio?

  • Guía personalizada paso a paso para llenar correctamente el formulario de solicitud.
  • Revisión exhaustiva de toda tu información para asegurar la precisión de tu solicitud.
  • Instrucciones detalladas sobre el envío y seguimiento del trámite ante USCIS.

 

Importante: Una vez que tu solicitud esté lista, te consultaremos sobre la forma de pago de la tarifa de USCIS, que es de $470. Podrás elegir entre pagar con tarjeta de crédito (con un recargo adicional) o con Zelle, en cuyo caso el monto será exactamente $470.

Solicitud de Permiso de Trabajo por Renovación (Categoría Asilo)

Si necesitas renovar tu permiso de trabajo bajo la categoría de asilo, nuestro equipo está aquí para ayudarte a completar tu solicitud de manera correcta y sin contratiempos.

 

¿Qué incluye nuestro servicio?

  • Asesoría y preparación detallada de tu solicitud de renovación.
  • Revisión exhaustiva de los documentos necesarios.
  • Orientación personalizada para garantizar una solicitud completa y precisa.

 

Importante: La tarifa de presentación de USCIS es de $470.

  • Luego de realizar el pago de nuestro servicio, recibirás un cuestionario para completar con tus datos.
  • Antes de enviar tu solicitud a USCIS, te consultaremos el método de pago que prefieres para la tarifa de USCIS:
    • Tarjeta de Crédito (TDC): Tiene un cargo adicional por procesar el pago.
    • Zelle: El monto será de $470 exactos.

 

¿Por qué elegirnos?

  • Garantizamos que tu solicitud cumpla con todos los requisitos.
  • Te asistimos en cada paso del proceso.
  • Respondemos tus dudas y te proporcionamos una experiencia sin estrés.

 

Confía en nosotros

Permítenos ayudarte a renovar tu permiso de trabajo bajo la categoría de asilo, asegurando un trámite claro, organizado y eficiente. ¡Contáctanos y comienza tu renovación hoy!

¿No puedes pagar las tarifas de USCIS por tu permiso de trabajo?

Nosotros te ayudamos a presentar tu solicitud de permiso de trabajo, incluyendo la solicitud de exoneración de tarifas (Fee Waiver), completamente ONLINE, si calificas según la guía de pobreza.

 

Este servicio incluye:

  • Preparación y presentación de tu solicitud de permiso de trabajo (Formulario I-765).
  • Solicitud de exoneración de tarifas (Formulario I-912) para personas con ingresos bajos.
  • Atención personalizada para asegurarnos de que cumplas con todos los requisitos.

 

Al completar el pago de nuestro servicio, recibirás un cuestionario con más detalles y te contactaremos.

 

¿Cómo calificar para la exoneración de tarifas?

Para calificar para la exoneración del pago de la tarifa por permiso de trabajo de $470 establecido por USCIS, debes demostrar que tu ingreso familiar bruto ajustado es igual o inferior al 150% de las Pautas Federales de Pobreza, al momento de la presentación, en función del tamaño de tu hogar. Las Pautas Federales de Pobreza son establecidas anualmente por el Secretario del Departamento de Salud y Servicios Humanos. Revisa la imagen con la guía de pobreza para verificar tu elegibilidad.

 

¡Novedad! Ahora, la solicitud de exoneración de tarifa se realiza completamente en línea, lo que hace que el proceso sea mucho más rápido y sencillo. Esta mejora reduce los tiempos de aprobación, permitiéndote recibir una respuesta más ágil.

Ejemplo:

Revisa tu declaración de impuestos más reciente en el renglón número 11 de la forma 1040 (Individual Income Tax Return). Verifica el monto que aparece allí y si estás casado, incluye a tu pareja. Por ejemplo, si eres parte de un grupo familiar de 4 personas (madre, padre, 2 hijos) y declararon apenas $15,000 en el año, según la guía de pobreza que te mostramos, están por debajo del mínimo de $46,800, lo que te permitiría calificar para la exención.

Si no tienes buenos ingresos, pero aún no has hecho la declaración de impuestos, también podemos ayudarte a demostrar tus bajos ingresos. ¡Contáctanos!

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